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NOM-064-SCT3-2023: la norma de seguridad operacional en aviación

En México, la aviación civil opera bajo un nuevo marco regulatorio de seguridad operacional. La NOM-064-SCT3-2023, con entrada en vigor el 15 de diciembre de 2024, cancela la norma anterior de 2012 y establece la norma de seguridad operacional en aviación vigente para todos los proveedores de servicios de aviación civil en el país.


La norma fue publicada el 18 de junio de 2024 por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF).



El documento fija las especificaciones técnicas obligatorias para la implantación, mantenimiento y supervisión de un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS, por sus siglas en inglés) y amplía de forma explícita su alcance frente a la versión anterior.


Qué establece la norma frente a la versión de 2012

Mientras la norma de 2012 se enfocaba principalmente en aerolíneas, aeropuertos y talleres tradicionales, la NOM-064-SCT3-2023 expande la obligatoriedad hacia organizaciones responsables del diseño y fabricación de aeronaves, motores y hélices, proveedores de aviación general corporativa, aeródromos y proveedores de servicios de navegación aérea (SENEAM).


La norma exige la creación de una Junta de Control de Seguridad Operacional dentro de cada organización, la designación de un Ejecutivo Responsable y de un Gerente de SMS, además del desarrollo obligatorio de un Plan de Respuesta ante Emergencias (ERP) integrado, según la misma fuente.



Norma de seguridad operacional en aviación: obligaciones para pilotos y personal técnico

La norma exige a las tripulaciones de vuelo y al personal técnico de mantenimiento identificar y reportar de forma oportuna peligros proactivos y reactivos que puedan comprometer la seguridad de las operaciones.


Establece además esquemas claros de rendición de cuentas y promueve entornos de reporte voluntario, conocidos como cultura justa, para identificar errores antes de que se conviertan en incidentes o accidentes. Todo operador debe integrar un Plan de Respuesta ante Emergencias articulado directamente con el personal técnico y los centros de control de vuelo.


Auditorías de la AFAC a escuelas y talleres

La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) tiene la facultad de auditar e inspeccionar a aerolíneas, talleres de mantenimiento (MRO), escuelas de vuelo y concesionarios de aeropuertos, con el fin de certificar que sus sistemas SMS funcionen de manera eficaz, de acuerdo con la Plataforma Tecnológica de Infraestructura de la Calidad (PLATIICA).


En el caso de los centros de adiestramiento, la AFAC verifica que los futuros pilotos sean instruidos con metodologías de SMS desde sus primeras horas de vuelo en simulador y aeronave.


La norma introduce el seguimiento del desempeño de seguridad mediante dos tipos de métricas: indicadores avanzados, que evalúan de forma preventiva insumos y procesos, e indicadores de resultados, que miden la efectividad real de las acciones de mitigación del riesgo aplicadas.


Exige además que los auditores internos de SMS cumplan con un perfil técnico estricto, con conocimientos técnicos, habilidades analíticas e interpersonales, y estipula detonadores claros que obligan a realizar investigaciones internas inmediatas tras incidentes o vulneraciones de controles de riesgo.


Diferencias clave frente a la norma de 2012

  • Ampliación del alcance regulatorio: de aerolíneas, aeropuertos y talleres tradicionales a organizaciones de diseño y fabricación, aviación general corporativa, aeródromos y proveedores de navegación aérea.

  • Medición en dos niveles: indicadores avanzados de procesos preventivos e indicadores de resultados sobre la efectividad de las medidas de mitigación, frente al esquema reactivo de la norma anterior.

  • Perfil técnico obligatorio para auditores internos: conocimientos técnicos, habilidades analíticas e interpersonales exigidos de forma explícita.

  • Detonadores para investigaciones internas: criterios claros que obligan a iniciar investigaciones inmediatas tras incidentes o vulneraciones de controles de riesgo.

  • Juntas de Control de Seguridad Operacional: comité obligatorio dentro de cada organización para revisar reportes del personal operacional y asegurar acciones correctivas.

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Aeroanahuac opera bajo el marco normativo supervisado por la AFAC.

Concordancia con el Anexo 19 de la OACI

La NOM-064-SCT3-2023 posee un grado de concordancia equivalente con el Anexo 19, "Gestión de la Seguridad Operacional", y el Doc 9859 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).


Esta equivalencia garantiza que las aeronaves, talleres y personal certificados en México mantengan interoperabilidad para operar en espacio aéreo internacional bajo las exigencias de agencias como la FAA y la EASA, según la OACI.


Cronología y alcance de la NOM-064-SCT3-2023

Fecha o elemento

Detalle

18 de junio de 2024

Publicación de la norma en el Diario Oficial de la Federación

15 de diciembre de 2024

Entrada en vigor de la norma

Norma cancelada

NOM-064-SCT3-2012

Organismo auditor

Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC)

Entidades sujetas a auditoría

Aerolíneas, talleres MRO, escuelas de vuelo, concesionarios de aeropuertos

Tipos de indicadores exigidos

Avanzados (procesos preventivos) y de resultados (efectividad de mitigación)

Para el personal en formación, la norma garantiza que reportar un error propio o un peligro latente no derive en una sanción disciplinaria automática, sino en una acción preventiva para la organización.


Tanto en vuelo como en taller, el personal operacional es el primer eslabón en la identificación de peligros mediante métodos proactivos y reactivos; no conocer la norma limita la capacidad de firmar la liberación de aeronaves o despachar vuelos bajo el estándar legal vigente, según la misma fuente.


La norma exige, además, que el piloto o técnico no solo domine la habilidad física o mecánica de la aeronave, sino que cuente con capacidades analíticas, trabajo en equipo y gestión de factores humanos para evaluar el riesgo de forma continua. La escuela de aviación Aeroanahuac opera dentro de este marco normativo, sujeto a la supervisión y auditoría de la AFAC.



Aeroanahuac, escuela de aviación con más de 30 años de experiencia, se enfoca en ofrecer formación integral para pilotos mediante los programas de Ala Rotativa y Ala Fija. El programa de ala rotativa se especializa en el manejo profesional de helicópteros con aplicaciones civiles y comerciales, con instrucción en aeronaves como Robinson 44 y Bell 206. 


El programa de ala fija forma aviadores con opciones para la obtención de licencias privadas y comerciales.


A lo largo de más de tres décadas, la escuela ha formado pilotos que hoy operan para Petróleos Mexicanos (Pemex), particularmente en Ciudad del Carmen, así como en la aviación ejecutiva en la Ciudad de México y en operaciones internacionales. Ambos programas combinan teoría aeronáutica, prácticas en simuladores certificados y horas de vuelo en aeronaves reales, impartidas por instructores con experiencia certificada.


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